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La primera pregunta que debes hacerte para saber si puedes cobrar el paro en España es ¿Tienes derecho a prestaciones de desempleo? Si es así, hay ciertos requisitos que debe cumplir antes de poder recibir esas prestaciones.

Las prestaciones por desempleo tienen por objeto proporcionar ayuda económica a quienes han sido despedidos o han visto reducidas sus horas de trabajo por circunstancias ajenas a su voluntad.

Para recibir la ayuda, debe cumplir determinados requisitos, que estaremos encantados de explicarte con más detalle.

¿Cuánto tiempo hay que trabajar para cobrar el paro?

Según la normativa legal para cobrar el paro y las prestaciones y subsidios por desempleo del SEPE, debe haber cotizado al menos 360 días. Sin éstos, no tendrá derecho a las prestaciones. Pero hay una excepción, que es el subsidio por cotización insuficiente si ha trabajado menos de un año. Esto permite a determinados trabajadores seguir teniendo derecho a una ayuda económica aunque no cumplan el requisito mínimo de 360 días cotizados.

Excepciones a la hora de cubrir el subsidio por desempleo:

  • Si es usted un emigrante que regresa a su país de origen y ha cotizado por desempleo antes de partir, puede tener derecho a determinadas prestaciones. Para tener derecho, debe haber estado cubierto en los seis años anteriores a la fecha de salida durante 360 días, pero sólo si esos días no se han computado para otro derecho. Es importante, además, que esta persona no esté percibiendo una prestación por desempleo en ningún otro Estado del Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • Si es usted un trabajador eventual agrario y está dado de alta en la Seguridad Social como autónomo, necesitará haber trabajado un mínimo de 720 días para tener derecho al subsidio de desempleo. Esto es necesario para garantizar que las prestaciones lleguen a quienes las merecen.

¿Qué sucede si ha trabajado menos de un año?

Si cumple los criterios expuestos en el apartado anterior, puede tener derecho a percibir prestaciones de desempleo.

No obstante, aunque haya trabajado menos de un año, puede tener derecho a esta prestación contributiva. Además de inscribirse como demandante de empleo, estas personas deben cumplir otros requisitos para poder acceder a estos fondos.

  1. Haber cotizado por desempleo al menos tres meses, si se tienen responsabilidades familiares.
  2. Haber cotizado por desempleo al menos seis meses, si no se tienen responsabilidades familiares y no haber llegado a los 360 días.
  3. Ser mayor de 52 años para percibir el subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años.

En estas circunstancias, no se puede percibir ningún otro ingreso que supere el 75% del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extraordinarias. Esto significa que no deben aceptarse todos los ingresos obtenidos por encima de esta cantidad.

Según el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social, lo mínimo que se debe cotizar para cobrar el paro son esos 360 días. Con esto se tendrá derecho a un máximo de 120 días de prestación. En el otro extremo, lo máximo que se puede cotizar por esta prestación contributiva son 2.160 días y con ella se tendrá derecho a dos años de paro.

La escala de cotizaciones con la que funciona el derecho a la prestación por desempleo es la siguiente:

  • De 360 días a 539 días cotizados, se podrán cobrar 120 días.
  • De 540 días a 719 días cotizados, se podrán cobrar 180 días.
  • De 720 días a 899 días cotizados, se podrán cobrar 240 días.
  • De 900 días a 1.079 días cotizados, se podrán cobrar 300 días.
  • De 1.080 días a 1.259 días cotizados, se podrán cobrar 360 días.
  • De 1.260 días a 1.439 días cotizados, se podrán cobrar 420 días.
  • De 1.440 días a 1.619 días cotizados, se podrán cobrar 480 días.
  • De 1.620 días a 1.799 días cotizados, se podrán cobrar 540 días.
  • De 1.800 días a 1.979 días cotizados, se podrán cobrar 600 días.
  • De 1.980 días a 2.159 días cotizados, se podrán cobrar 660 días.
  • A partir de 2.160 días, se cobrará un máximo de 720 días.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el paro?

Para tener derecho a la prestación por desempleo del SEPE, el interesado debe cumplir unos requisitos mínimos de tiempo de cotización, así como otra serie de condiciones. Entre ellos, estar en situación oficial de desempleo, tener todos los papeles en regla y estar certificado por la administración pública. Si no se cumple alguno de estos requisitos, no se podrá percibir esta ayuda.

  1. Haber cotizado un mínimo de un año al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
  2. Haber perdido el trabajo de manera involuntaria al ser despedido.
  3. Suscribir el compromiso de actividad y que se está en búsqueda activa de empleo.
  4. Figurar como dado de alta en el SEPE.
  5. No haber llegado a cumplir la edad ordinaria de jubilación.
  6. No estar cobrando ninguna pensión contributiva o no contributiva que el prohíba trabajar.

¿Cuál es la cuantía de la prestación?

Calcular tu prestación por desempleo puede ser complicado, pero empieza por determinar la base reguladora. Para ello, hay que fijarse en lo cotizado durante los últimos 180 días en nómina. Es lo que se conoce como base de contingencias comunes y no incluye las horas extraordinarias. Una vez hecho esto, podrás calcular con exactitud tu prestación por desempleo.

  1. Se percibe como prestación de desempleo el 70% durante los primeros 180 días.
  2. Después, se percibe el 60% desde el día 181

Ahora bien, hay que tener en cuenta que existen unos máximos y mínimos. Por ejemplo, aunque tengamos una base de 3.000 euros, no vamos a percibir 2.100 euros.

Las cuantías máximas y mínimas se establecen en el artículo 270 de la Ley General de la Seguridad Social y depende de la cuantía del IPREM.

En el año 2023 el IPREM ha aumentado hasta los 600 euros mensuales y con ello los límites mínimos y máximos de la prestación.

Cuantía máximaAño 2023
Sin hijos1.225€
Con un hijo1.400€
Con dos o más hijos1.750€
Cuantía mínimaAño 2023
Sin hijos560€
Con hijos a cargo749€

Se considera hijos a su cargo, cuando estos cumplan unas determinados requisitos:

  1. Sean menores de 26 años o mayores con una incapacidad en grado igual o superior al 33%.
  2. Convivan con el beneficiario o tenga la obligación legal en virtud de una resolución judicial o un convenio regulador tras un divorcio o separación sostener económicamente al hijo.
  3. Carezcan de rentas iguales o superiores al SMI.

Si necesitas conocer con más detalle la situación en la que puedes cobrar el paro te recomendamos acceder a la información que proporciona el SEPE sobre las prestaciones por desempleo.